Ley de Emergencia para Terrenos Urbanos acelerará construcción de viviendas
Caracas, Ene. AVN .- Con el objetivo de acelerar la construcción de soluciones habitacionales para los venezolanos, el presidente de la República, Hugo Chávez Frías, dictará el decreto con rango, valor y fuerza de Ley de Emergencia para Terrenos Urbanos y Vivienda, gracias al poder para legislar que le confirió la Ley Habilitante aprobada por la Asamblea Nacional (AN) a finales de 2010.
El pasado 8 de enero, el Primer Mandatario explicó que el citado instrumento legal tiene como objeto activar mecanismos extraordinarios que serán dirigidos por el Gobierno, en coordinación con el pueblo organizado y la empresa privada, "para enfrentar con éxito y rapidez la grave crisis de vivienda que sufre la población producto del modelo capitalista, explotador y excluyente que se impuso en Venezuela durante los últimos 100 años".
La normativa establecerá áreas de emergencia habitacional, que serán las de alto riesgo, así como también áreas vitales de viviendas y residencias, con la finalidad de recuperar terrenos urbanos ociosos.
Un proyecto presentado por el Ejecutivo Nacional sobre esta ley fue aprobado en primera discusión el 30 de noviembre de 2010 por el Parlamento, con urgencia parlamentaria, en el marco de los graves efectos que generaron las fuertes precipitaciones caídas en el país los últimos meses del año pasado.
Tras las lluvias, se contabilizaron casi 130.000 damnificados, que habitan en refugios habilitados por el Gobierno.
Posteriormente, con la aprobación de la Ley Habilitante, el 17 de diciembre, la promulgación definitiva quedó en manos del primer mandatario.
La Habilitante facultó al Ejecutivo para legislar en nueve ámbitos, en el marco de la emergencia ocasionada por las lluvias. Uno de ellos se refiere a la vivienda y el hábitat: “Construcción de viviendas en general y acceso de las familias a mecanismos que faciliten adquisición, ampliación y remodelación”.
También le permite dictar leyes sobre ordenación territorial, desarrollo integral y uso de la tierra urbana y rural. En ese sentido, prevé diseñar una nueva regionalización del país, con la finalidad de reducir los altos niveles de concentración demográfica en algunas zonas del territorio.
Zonas de emergencia
El proyecto de Ley de Emergencia para Terrenos Urbanos y Vivienda que había sido aprobado en primera discusión por la AN incluía la posibilidad de dictar decretos para la creación de zonas de emergencia, con el fin de permitir la ocupación de terrenos urbanos aptos para viviendas familiares o multifamiliares, que se hallen ociosos o subutilizados.
En esas zonas de emergencia debían declararse como de interés social, de utilidad pública e importancia estratégica los terrenos urbanos ociosos o subutilizados y los factores y medios para la construcción de la vivienda familiar.
También contemplaba la posibilidad de desarrollar y estimular planes de autoconstrucción, mejoramiento o ampliación de viviendas presentados por la comunidad organizada.
Otro aspecto se refería a definir los principios para el uso, construcción, disposición y afectación de terrenos urbanos destinados a la vivienda familiar.
El proyecto de ley nació a partir de una exhortación del primer mandatario lanzada el domingo 28 de octubre, para la redacción de una normativa que permitiera al Estado disponer de terrenos para las personas afectadas por las lluvias o que requieran una vivienda.
Una necesidad popular
El movimiento de pobladores, una red popular que aglutina a diferentes colectivos que luchan por el derecho a la vivienda, ve en esta iniciativa legislativa una reivindicación de sus demandas.
La existencia de terrenos ociosos enclavados en plena urbe ha motivado a grupos como campamentos de pioneros a organizarse para detectar espacios inutilizados, plantear proyectos y estrechar lazos con el Gobierno para, bajo un modelo autogestionario, levantar desarrollos habitacionales.
Para ello piden recursos, asesoría técnica y el acceso al suelo. La emergencia por las lluvias parece haber abierto el camino para que esto sea una realidad, pues el primer mandatario, atendiendo a una petición del movimiento, decidió no sólo dictar la Ley de Emergencia para Terrenos Urbanos y Vivienda, sino una reforma de la Ley Especial para la Regularización y Ordenamiento Integral de los Asentamientos Urbanos Populares.
Además, regulará el precio de las viviendas en el mercado secundario, los alquileres y prohibirá los desalojos forzosos, así como la posibilidad de que se otorguen créditos colectivos para el impulso a desarrollos habitacionales.
El Presidente asumió a fines de 2010 el tema vivienda como prioridad de su gestión. En dos millones se sitúa el déficit habitacional en el país. Anunció, el pasado 15 de enero, la construcción de 150.000 viviendas en 2011 y 200.000 en 2012.
Indicó que actualmente están en construcción 80.000 casas en el país, más de 20.000 de ellas en Caracas.
18:38 ENERO/2011
PUBLICADO POR COREPSUV*.
Caracas, Ene. AVN .- Con el objetivo de acelerar la construcción de soluciones habitacionales para los venezolanos, el presidente de la República, Hugo Chávez Frías, dictará el decreto con rango, valor y fuerza de Ley de Emergencia para Terrenos Urbanos y Vivienda, gracias al poder para legislar que le confirió la Ley Habilitante aprobada por la Asamblea Nacional (AN) a finales de 2010.
El pasado 8 de enero, el Primer Mandatario explicó que el citado instrumento legal tiene como objeto activar mecanismos extraordinarios que serán dirigidos por el Gobierno, en coordinación con el pueblo organizado y la empresa privada, "para enfrentar con éxito y rapidez la grave crisis de vivienda que sufre la población producto del modelo capitalista, explotador y excluyente que se impuso en Venezuela durante los últimos 100 años".
La normativa establecerá áreas de emergencia habitacional, que serán las de alto riesgo, así como también áreas vitales de viviendas y residencias, con la finalidad de recuperar terrenos urbanos ociosos.
Un proyecto presentado por el Ejecutivo Nacional sobre esta ley fue aprobado en primera discusión el 30 de noviembre de 2010 por el Parlamento, con urgencia parlamentaria, en el marco de los graves efectos que generaron las fuertes precipitaciones caídas en el país los últimos meses del año pasado.
Tras las lluvias, se contabilizaron casi 130.000 damnificados, que habitan en refugios habilitados por el Gobierno.
Posteriormente, con la aprobación de la Ley Habilitante, el 17 de diciembre, la promulgación definitiva quedó en manos del primer mandatario.
La Habilitante facultó al Ejecutivo para legislar en nueve ámbitos, en el marco de la emergencia ocasionada por las lluvias. Uno de ellos se refiere a la vivienda y el hábitat: “Construcción de viviendas en general y acceso de las familias a mecanismos que faciliten adquisición, ampliación y remodelación”.
También le permite dictar leyes sobre ordenación territorial, desarrollo integral y uso de la tierra urbana y rural. En ese sentido, prevé diseñar una nueva regionalización del país, con la finalidad de reducir los altos niveles de concentración demográfica en algunas zonas del territorio.
Zonas de emergencia
El proyecto de Ley de Emergencia para Terrenos Urbanos y Vivienda que había sido aprobado en primera discusión por la AN incluía la posibilidad de dictar decretos para la creación de zonas de emergencia, con el fin de permitir la ocupación de terrenos urbanos aptos para viviendas familiares o multifamiliares, que se hallen ociosos o subutilizados.
En esas zonas de emergencia debían declararse como de interés social, de utilidad pública e importancia estratégica los terrenos urbanos ociosos o subutilizados y los factores y medios para la construcción de la vivienda familiar.
También contemplaba la posibilidad de desarrollar y estimular planes de autoconstrucción, mejoramiento o ampliación de viviendas presentados por la comunidad organizada.
Otro aspecto se refería a definir los principios para el uso, construcción, disposición y afectación de terrenos urbanos destinados a la vivienda familiar.
El proyecto de ley nació a partir de una exhortación del primer mandatario lanzada el domingo 28 de octubre, para la redacción de una normativa que permitiera al Estado disponer de terrenos para las personas afectadas por las lluvias o que requieran una vivienda.
Una necesidad popular
El movimiento de pobladores, una red popular que aglutina a diferentes colectivos que luchan por el derecho a la vivienda, ve en esta iniciativa legislativa una reivindicación de sus demandas.
La existencia de terrenos ociosos enclavados en plena urbe ha motivado a grupos como campamentos de pioneros a organizarse para detectar espacios inutilizados, plantear proyectos y estrechar lazos con el Gobierno para, bajo un modelo autogestionario, levantar desarrollos habitacionales.
Para ello piden recursos, asesoría técnica y el acceso al suelo. La emergencia por las lluvias parece haber abierto el camino para que esto sea una realidad, pues el primer mandatario, atendiendo a una petición del movimiento, decidió no sólo dictar la Ley de Emergencia para Terrenos Urbanos y Vivienda, sino una reforma de la Ley Especial para la Regularización y Ordenamiento Integral de los Asentamientos Urbanos Populares.
Además, regulará el precio de las viviendas en el mercado secundario, los alquileres y prohibirá los desalojos forzosos, así como la posibilidad de que se otorguen créditos colectivos para el impulso a desarrollos habitacionales.
El Presidente asumió a fines de 2010 el tema vivienda como prioridad de su gestión. En dos millones se sitúa el déficit habitacional en el país. Anunció, el pasado 15 de enero, la construcción de 150.000 viviendas en 2011 y 200.000 en 2012.
Indicó que actualmente están en construcción 80.000 casas en el país, más de 20.000 de ellas en Caracas.
18:38 ENERO/2011
PUBLICADO POR COREPSUV*.
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